armoire de surete produits phytosanitaires Gabinete de productos fitosanitarios

Recordatorio de las normas de seguridad relativas al almacenamiento de productos fitosanitarios

El almacenamiento de productos fitosanitarios debe estar alejado de cursos y puntos de agua, cultivos sensibles, viviendas, zonas de almacenamiento de alimentos (piensos, hortalizas, etc.), zonas de concentración de personas y tendidos eléctricos. Debe facilitarse el acceso a los locales para los camiones de reparto y para la eliminación de residuos.
El almacén de productos fitosanitarios puede tener forma de bungalow, contenedor o armario de seguridad. Deben estar ventilados y cerrados con llave (artículo 4 del decreto 87-361 de 27 de mayo de 1987). La puerta debe abrirse al exterior, el suelo debe ser estanco (suelo de retención, paletas de retención, cuba de retención, etc.) y debe haber suficiente iluminación. Además, la instalación eléctrica debe cumplir la norma NF C.15.100 y en la puerta del bungalow, contenedor o armario deben colocarse carteles con instrucciones de seguridad, pictogramas de peligro normalizados, etc. (Artículo R. 232-12-14 del Código del Trabajo y artículo 10 del Decreto 87-361 de 27 de mayo de 1987). Por último, debe haber un extintor de incendios fuera de la zona de almacenamiento (artículo R. 232-12-17 del Código del Trabajo) y un equipo de primeros auxilios adecuado (artículo R. 232-1-6 del Código del Trabajo).

¿Cómo almacenar correctamente los productos fitosanitarios?  

 • Organice los productos por familias y separe los productos incompatibles (artículo R5132-68 del Código de Salud Pública).   

 • Identifique y enumere los productos homologados en stock actual.   
  Conserve los productos en su embalaje original (artículo 3 del Decreto 87-361 de 27 de mayo de 1987).   
  Mostrar la información necesaria para la prevención contenida en las fichas de datos de seguridad (artículo R. 521-53 del Código del Trabajo).   
  Almacenar exclusivamente material reservado para uso fitosanitario (artículo 5 del decreto 87-361 del 27 de mayo de 1987).   
  Disponer de una cantidad suficiente de material absorbente (por ejemplo, estera absorbente).   
  Instalar una rejilla para aislar los productos del depósito de retención.   
  Equipa la sala con material de primeros auxilios: lavaojos, botiquín, etc. (R. 232-16 del Código del Trabajo).   
  Mostrar los números de emergencia en las proximidades (R. 521-53 del Código Laboral).   
  Deposite los envases vacíos en un contenedor de recogida para su tratamiento por una empresa especializada.   
  Mantener el equipo de protección individual y el suministro de cartuchos filtrantes en una sala específica (artículo 8 del decreto 87-361 de 27 de mayo de 1987).
  Instale una estación de agua y una ducha de seguridad cerca pero fuera de la zona de almacenamiento (artículo R. 232-1-6 del Código del Trabajo).

Normas vigentes :

Decreto nº 87-361 de 27 de mayo de 1987
Artículo 3: "Los productos para el control de plagas deben conservarse en su envase original hasta su utilización.
Artículo 4: "Los productos para el control de plagas deben conservarse en un local reservado a tal efecto. Esta habitación debe estar ventilada o aireada. Debe bloquearse si contiene productos antiparasitarios clasificados como muy tóxicos, tóxicos, cancerígenos, teratógenos o mutágenos. El empresario conservará esta llave.
Artículo 5: "Sólo podrán utilizarse los equipos reservados para el uso de productos antiparasitarios" ... "Los utensilios reservados también para este uso deberán colocarse en un local previsto en el artículo 4 anterior.
Artículo 8: "Los equipos de protección, una vez limpios, deberán colocarse en una taquilla individual destinada exclusivamente a este fin y situada en un local distinto del mencionado en el artículo 4 anterior."
Artículo 10: "El empresario debe prohibir a los trabajadores aspirar tabaco, fumar, beber y comer durante cualquier exposición a los productos para el control de plagas y antes de que se haya realizado la limpieza corporal.

Código de Salud Pública
Artículo R.5132-66: "Sustancias o preparados peligrosos " se colocarán en armarios cerrados con llave o en locales a los que no tengan libre acceso personas ajenas al establecimiento.
Artículo R.5132-68: "Las sustancias o preparados peligrosos mencionados en el artículo R. 5132-67 (clasificados como nocivos, corrosivos o irritantes), conservados con vistas a su comercialización o utilización, se mantienen separados de otras sustancias o preparados.

Ref Designación Dimensiones exteriores
Al x An X Pr (mm)
Dimensiones interiores
Al x An X Pr (mm)
Capacidad de almacenamiento Litros Capacidad de retención Litros Número de estantes / cubo Capacidad de carga por balda Kg Peso KG
APC1P Armario fitosanitario de mostrador de 1 puerta 1000x500x420 930x480x390 70 20 2 30 26
APC2P Armario fitosanitario de mostrador de 2 puertas 1000x920x420 930x900x390 135 40 2 50 40
APH1P Armario fitosanitario alto de 1 puerta 1800x500x420 1730x480x390 130 40 4 30 41
APH2P Armario fitosanitario alto de 2 puertas 1800x920x420 1730x900x390 240 80 4 50 60
APK1P Armario fitosanitario en kit de 1 puerta 1800x500x422 1680x475x352 120 40 4 30 33
APK2P Armario fitosanitario en kit de 2 puertas 1800x916x422 1680x891x352 220 80 4 45 55

Hay 6 productos.

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